A pocos meses del triunfo de enero de 1959, el 17 de mayo y, en recordación al asesinato (1946) del líder campesino Niceto Pérez, fue promulgada la Ley de Reforma Agraria en la Sierra Maestra; documento jurídico que daría lugar a la apertura de un proceso de transformaciones estructurales de la propiedad en Cuba.
Con ella, la gran propiedad terrateniente recibía un golpe demoledor, mientras que entre los múltiples aspectos e incidencias que se derivaban de ese documento estaba su representatividad como elemento táctico y estratégico que debía manejar toda dirección revolucionaria que asumía el poder.
En los Por Cuantos 5to y 10 mo., de esa Primera Ley de Reforma Agraria, se hace un resumen pormenorizado del régimen de explotación vigente en Cuba hasta ese momento y de sus efectos como freno al progreso económico, y a su vez base de una desigual distribución del ingreso nacional entre las diferentes clases del país. La explotación del campesinado se subrayaba enérgicamente.
Dos aspectos, íntimamente vinculados, determinaban el contenido mismo de la ley. En primer lugar, la necesidad de la búsqueda de un sistema donde la injusticia social fuera liquidada; en segundo lugar, el cambio de la estructura de la propiedad rural se presentaba como imprescindible, por ser ésta “el obstáculo más grande con que tropezaba el desarrollo de la industria nacional”.
Segunda Ley de Reforma Agraria (octubre 3/ 1960)
Al concluir el proceso de Reforma Agraria, tal como venía contemplado en la ley de mayo de 1959, en los campos de Cuba, junto al campesinado pequeño y medio y los obreros agrícolas, se mantenían alrededor de diez mil latifundistas y burgueses agrarios ocupando grandes extensiones de tierra.
Aunque la gran propiedad capitalista extranjera y nacional en la industria, el transporte, el comercio, la banca…había sido nacionalizada entre agosto-septiembre de 1960, la propiedad burguesa rural –de diferente envergadura a la burguesa industrial–, aún se mantenía. Esta situación no podía continuar por más tiempo, por lo que el propio Líder de la Revolución cubana Fidel Castro Ruz enfatizó durante el II Congreso de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP), que “la propiedad de los pequeños campesinos será permanentemente garantizada por la Revolución y, desde luego, nosotros a los burgueses rurales no les ninguna garantía. La Revolución no les da ninguna garantía, entre otras cosas, porque los burgueses rurales no colaboran con la Revolución. Muchos de ellos han abandonado los potreros; otros muchos de ellos no han cargado las vacas, han estado afectando la producción ganadera. Y la conducta del burgués rural es igual a la del pequeño agricultor”.
En suma, el mantenimiento de un sector relativamente fuerte de burgueses agrarios era incompatible con el desarrollo de la Revolución socialista. La agudización de la lucha de clases en el país determinaba la necesidad de liquidar en el menor plazo posible a esa clase social representativa de una oposición potencial y real al nuevo proceso político, social y económico que se llevaba a cabo en todo el país. Ello se manifestaba por su apoyo a los elementos contrarrevolucionarios que organizaba la Agencia Central de Inteligencia (CIA) contra la joven Revolución.
Entre las actividades que apoyaba y realizaba dicha burguesía agraria –y quizás la más peligrosa–, estaba el sabotaje económico directo a la producción, además del sacrificio indiscriminado de ganado de todo tipo y el fomento y desarrollo del mercado negro.
Asimismo, la gran mayoría de esos elementos de la burguesía iniciaron el pago de jornales extraordinariamente altos a sus obreros, conscientes de que con dicha medida creaban problemas sociales futuros; incluso, llegaron a repartir algunas de sus tierras a elementos inescrupulosos y contrarrevolucionarios.
Por otra parte, la necesidad de un rápido desarrollo de la producción agroalimentaria, necesitaba de la concentración de esas tierras en poder del Estado. Tierras que, además de su gran extensión, representaban las áreas más fértiles, bien ubicadas, con las mejores condiciones de riego, con una buena cantidad de aperos de labranza y equipamiento agrario considerables. Se trataba de más de dos millones de hectáreas de las mejores tierras laborales de Cuba, al igual que las más aptas para nuevos cultivos o desarrollo de los ya existentes.
Es interesante puntualizar cómo se hallaban distribuidas las tierras de aquella burguesía rural. Por ejemplo:
“De los más de diez mil propietarios burgueses, algo más de seis mil poseían entre 67 y 134 hectáreas de tierra, para una extensión total de más de 600 mil; algo más de tres mil propietarios, con explotaciones de tierra que fluctuaban entre 134 y 260 hectáreas, disponían de 610 mil. Por último, dos mil propietarios de más de 268 hectáreas de explotación poseían casi 900 mil hectáreas”.
A partir de la promulgación de la Segunda Ley de Reforma Agraria el tres de octubre de 1963, la agricultura cubana se desarrollaría sobre la base del esfuerzo coordinado de las Empresas Agropecuarias estatales y de los pequeños agricultores, que ya constituían la gran mayoría de los campesinos liberados de la explotación por la Revolución.
Al igual que la anterior o primera, esta Segunda Reforma Agraria se realizó también aplicando el procedimiento de la indemnización a los propietarios nacionalizados. Sin embargo, el objetivo de esta indemnización no era restituirle a los afectados el valor pleno de su propiedad, sino el de cumplir el principio, formulado por la alta Dirección revolucionaria, en el sentido de que ningún ciudadano debía ser privado por la Revolución de sus medios de vida, sin importar cual fuese su procedencia clasista.
Así, la Segunda Ley de Reforma Agraria creó las condiciones para reorganizar la producción estatal sobre bases mucho más sólidas, pues con su aplicación el estado pasaba a dominar el 76 por ciento de las tierras del país, quedando un 24 por ciento en manos privadas.
En relación con las tierras cultivables, este porcentaje era algo inferior, situándose alrededor del 63 por ciento.
Al poner en práctica la Ley de Reforma Agraria, la Revolución cubana lo hizo dándole características que se apartaban de la forma tradicional que habían asumido otras de otros países. Lo más notorio de dichas leyes agrarias consiste en la repartición de latifundios entre los campesinos sin tierra y entre los obreros agrícolas. Sin embargo, en el caso cubano, era distinto, al desarrollarse en los llamados latifundios un tipo de producción capitalista denominada de plantación, con una clase obrera que constituía la fuerza más avanzada social y política en las zonas rurales.
“Históricamente fue un gran mérito del Comandante en Jefe Fidel Castro, su análisis de no fraccionar los grandes latifundios, a fin de conservar las grandes antiguas plantaciones como grandes unidades productivas que pudieran apropiarse, sin las dificultades de la agrupación de campesinos privados, de toda la técnica moderna, lo que le daba una clara superioridad en el aspecto económico y social”.
Como breve recuento de la aplicación de las leyes de reforma agraria se podría concluir que sus principales objetivos fueron:
- Entregar la tierra a todos los campesinos y trabajadores asentados en parcelas de las que no eran propietarios
- Convertir las grandes unidades productivas latifundistas en granjas estatales, utilizando para ello las tierras rescatadas del sector ganadero
- Establecer como forma intermedia y con una duración de pocos años, un tipo de propiedad cooperativa, en lo fundamental la cooperativa cañera, cuyas particularidades la diferenciaban de las cooperativas de producción típicas de otros países
- Garantizar la posibilidad de constituir cooperativas de producción en forma de agrupaciones de pequeños productores privados agrícolas.
Todos estos aspectos tendrían diferentes etapas de desarrollo, e irían cambiando en la medida en que las concepciones de las formas socialistas de producción en la agricultura se fueran modificando con el paso del tiempo.
Jurídicamente, las leyes de reforma agraria abolieron la posibilidad de una ulterior concentración de tierras, al igual que el renacimiento de formas de explotación como la aparcería. No obstante, y con la finalidad de garantizar la nueva estructura de propiedad que se iba conformando, se hizo necesario dar un complemento económico a esa garantía jurídica. Es así cómo surge también el crédito agrícola.
Un examen comparativo de la situación ulterior a enero de 1959 y de los cambios ocurridos durante los primeros años del proceso revolucionario, ejemplifican y profundizan en la decisión de la máxima Dirección del Partido y del Gobierno de no permitir nunca más un retorno al pasado.
Bibliografía consultada:
La Revolución cubana 1953-1980. Selección de Lecturas (2). La Revolución en el poder. Editorial Félix Varela, La Habana, 2002.
Deje un comentario